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Vacaciones y extras pendientes del finiquito

Días de salario, vacaciones a salario diario y extra prorrateada: el desglose completo de un finiquito sin despido.

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Cálculo 100% local en tu navegador (Arts. 96, 101, 7.e y 18.2 de la Ley 35/2006, BOE-A-2006-20764). Datos orientativos, sin registro.

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Total finiquito
—
Salario + vacaciones + extra—
Indemnización—
Base siempre tributable—

Respuestas directas 2026 · Contenido orientativo verificado contra la Ley 35/2006 (BOE-A-2006-20764).

¿Cómo se pagan las vacaciones no disfrutadas al salir?

Se liquidan en el finiquito a razón de tu salario diario por cada día pendiente, y cotizan y tributan como salario. Los días se prorratean por meses trabajados del año natural. Quince días con 2.000 euros mensuales son 1.000 euros brutos pendientes.

¿Y la paga extra a medias?

Se prorratea por días desde su último devengo: si sales a mitad del semestre, cobras la mitad. Esa parte se suma al bruto del finiquito y tributa como rendimiento del trabajo del ejercicio, igual que el salario pendiente. Pide a la empresa el detalle por escrito para comprobar los días aplicados.

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