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Retención de la prestación del SEPE

Tu prestación más tu salario: retención aplicada por el SEPE, tipo medio conjunto y desfase estimado.

Tus datos

Cálculo 100% local en tu navegador (Arts. 96, 101, 7.e y 18.2 de la Ley 35/2006, BOE-A-2006-20764). Datos orientativos, sin registro.

Tu resultado

Desfase mínimo estimado
—
Bruto total—
Retenido total—
Límite a declarar—
Cuota mínima estimada—

Respuestas directas 2026 · Contenido orientativo verificado contra la Ley 35/2006 (BOE-A-2006-20764).

¿La prestación por desempleo lleva retención?

Sí, aunque reducida: el SEPE aplica retenciones mínimas orientativas cercanas al 2 por ciento, insuficientes para la mayoría de tipos medios. La prestación se suma a tus demás rendimientos del trabajo y la cuota real se liquida en la Renta siguiente.

¿Puedo pedir que me retengan más?

Sí: solicita al SEPE una retención voluntaria superior acorde a tu tipo esperado y evitarás el susto de junio. Calcula primero tu tipo medio sumando prestación y salarios, y comunica el porcentaje deseado antes de que avance el año. Este ajuste voluntario no tiene coste y solo evita el pago de golpe en junio.

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